Ayer comentábamos que toda vez que el año litúrgico depende
del calendario solar, del calendario lunar y de la forma en que se mueven los
días por las semanas, puede haber concurrencia de dos celebraciones el mismo
día.
Eso se daría cuando un mismo día es domingo del tiempo
ordinario y, a la vez, solemnidad de San Pedro y San Pablo. O cuando la
solemnidad de la Anunciación cae en Viernes Santo. Son solo dos ejemplos de los
muchos que puede haber.
Para resolver estos problemas de concurrencias, la Iglesia
ha elaborado una tabla de precedencias entre los días litúrgicos. Se trata de
una tabla en la que se enumera del 1 al 13 las posibles celebraciones, apiñadas
en tres grupos. Las que son enlistadas en un número inferior tienen precedencia
sobre las que están mencionadas en un número superior.
Por ejemplo, si coincide la Solemnidad de San José con el
Lunes Santo, tiene precedencia el Lunes Santo porque éste es número 2),
mientras que San José es número 3). Pero si San José cae en un viernes de
cuaresma, se celebra San José porque es 3), mientras que las ferias de cuaresma
son 9).
Otra regla: si un año no puede celebrarse una solemnidad
porque concurre con una celebración de mayor grado, la solemnidad debe de
celebrarse en el día siguiente que no esté impedido. Por ejemplo, en 2016 la
fecha en que habitualmente se celebra la Anunciación del Señor (25 de marzo)
caerá en Viernes Santo. Por eso, deberá de trasladarse al día siguiente en que
no haya impedimento, que es el 4 de abril, lunes de la II semana de Pascua.
Si no se trata de una solemnidad, la celebración que sea
impedida por una de mayor rango se omite.
Les dejo la tabla de precedencias litúrgicas:
Grupo I
1) Triduo pascual de la Pasión y Resurrección del Señor
2) Natividad del Señor, Epifanía, Ascensión y Pentecostés
Domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua
Miércoles de Ceniza
Semana Santa, desde el lunes al jueves, inclusive
Días de la Octava de Pascua
3) Solemnidades del Señor, de la Santísima Virgen María y de
los santos inscritas en el Calendario general.
Conmemoración de todos los fieles difuntos
4) Solemnidades propias, a saber:
Solemnidad del patrono principal del lugar, sea pueblo o
ciudad
Solemnidad de la dedicación y aniversario de la dedicación
de la iglesia propia
Solemnidad del título de la iglesia propia
Solemnidad o del título, o del fundador, o del patrono principal
de la Orden o Congregación
Grupo II
5) Fiestas del Señor inscritas en el Calendario general
6) Domingos del tiempo de Navidad y del tiempo ordinario
7) Fiestas de la Santísima Virgen María y de los santos
inscritas en el Calendario general
8)Fiestas propias, a saber:
-Fiesta del patrono principal de la diócesis
-Fiesta del aniversario de la dedicación de la iglesia
catedral
-Fiesta del patrono principal de la región o provincia, de
la nación, de un territorio más extenso
-Fiesta o del título, o del fundador, o del patrono
principal de la Orden o Congregación y de la provincia religiosa, quedando a
salvo lo prescripto en el número 4
-Otras fiestas propias de alguna iglesia
-Otras fiestas inscritas en el Calendario de cada diócesis,
o de cada -Orden o Congregación
9) Las ferias de Adviento desde el día 17 al día 24
inclusive
Días de la octava de Navidad
Las ferias de Cuaresma
Grupo III
10) Memorias obligatorias inscritas en el calendario general
11) Memorias obligatorias propias, a saber:
-Memoria del patrono secundario del lugar, de la diócesis,
de la región o provincia, de la nación, de un territorio más extenso, de la
Orden o Congregación y de la provincia religiosa
-Otras memorias obligatorias propias de alguna iglesia
-Otras memorias obligatorias inscritas en el Calendario de
cada diócesis, o de cada Orden o Congregación
12) Memorias libres
13) Ferias de Adviento hasta el 16 de diciembre, inclusive
Ferias del tiempo de Navidad desde el día 2 de enero al
sábado después de Epifanía
Ferias del tiempo pascual desde el lunes después de Octava
de Pascua hasta el sábado antes de Pentecostés, inclusive
Ferias del tiempo ordinario
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