Respecto al cambio de rito de las canonizaciones, hay que
señalar que este no se rige por otras normas litúrgicas como sería el
ceremonial de obispos o el misal romano, por ser un rito que única y
exclusivamente puede presidir el Santo Padre.
En este sentido, el que puede aprobar, modificar o suprimir
el rito de canonización que sólo él puede usar es el papa. El Santo Padre es el
legislador supremo en materia litúrgica, y más en la liturgia papal. Los
dicasterios están sometidos al papa, pero el papa no está sometido a los
dicasterios.
De acuerdo con esto, desde el punto de vista jurídico y de
obediencia no hay una trasgresión en el cambio de rito de la canonización.
Nos puede gustar más el nuevo o el viejo, y podemos dar
nuestra opinión y manifestar nuestras preferencias. Pero desde el punto de
vista estrictamente de la normatividad litúrgica es correcto.
Les dejo más fotos de la misa de Cristo Rey presidida por el
Romano Pontífice.
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