Ayer fue la Solemnidad de la Inmaculada Concepción de María,
y algunos periódicos reportaban las misas que se habían celebrado con esa
ocasión. En algunas los celebrantes vestían ornamentos de color azul, por lo
que me preguntaron algunos a qué se debía. Va la explicación:
En las fiestas de la Santísima Virgen se utilizan ornamentos
blancos. Sin embargo, el uso de ornamentos de color azul celeste (color del
cielo, que simboliza pureza y la virginidad, y es asociado tradicionalmente a
la B. V. María) es un privilegio para España y sus antiguas colonias, aun
cuando no se corresponda con el color propio del tiempo litúrgico. Puede usarse
en la solemnidad de la Inmaculada Concepción de María, Patrona de España (se
celebra el 8 de diciembre), su octava (los ocho días posteriores) y todos los
sábados en que se permitan las misas votivas de la Santísima Virgen.
Dicho privilegio le fue concedido a España por la Santa Sede
en 1864, por su defensa y propagación de la creencia en la Inmaculada
Concepción, y por su insistencia a favor de la proclamación del dogma, ya que
los Reyes de España no sólo la pusieron bajo el patronazgo de esta advocación,
sino que pidieron en numerosas ocasiones a los Papas que definieran el dogma.
Los papas concedieron especial Misa y Oficio de este
misterio al Reino y a todos sus dominios, al mismo tiempo que el privilegio de
usar ornamentos azules en la fiesta y durante su octava y Misas votivas.
El privilegio del uso de ornamentos de color azul celeste
también se extiende a la festividad de la Medalla Milagrosa, así como a la
Orden. También lo tiene Alemania en algunas festividades de Nuestra Señora, y
algunas iglesias de Nápoles.
En todos los demás países está terminantemente prohibido, y
para enfatizar esta prohibición, el decreto que concede el "privilegio
español" ha sido expurgado de ediciones posteriores de los Decretos, no
porque haya sido revocado, sino para frustrar la posible pretensión de obtener
un permiso similar por parte de cualquier otra diócesis local.
Recientemente, don Braulio Rodríguez Plaza, arzobispo de Toledo y primado de España, ha utilizado ornamentos azules en la solemnidad de la Asunción de Nuestra Señora, día en que la diócesis celebra a la Virgen del Sagrario. ¿Se trata de un privilegio especial a la archidiócesis primada o simplemente es un modo de solemnidad la liturgia mariana de este día? ¿Se puede utilizar el azul en otras solemnidades marianas similares? Gracias.
ResponderEliminarYo he visto celebrar de color "azul Inmaculada " en celebraciones marianas en que la Virgen tiene memoris propia, seria pir la Virgen del Pilar., por la Asuncion ,por ls Encarnacion.....
ResponderEliminar¿Es lícito en una diócesis que fue colonia española celebrar con este color el día de la Inmaculada?
ResponderEliminarAcerca de la documentación sobre el privilegio del color azul, no resulta clara su extensión. Hay una 'dubia' sobre el tema y en la respuesta de la Sagrada Congregación de Ritos del 15 de febrero de 1902, negando que se pueda usar el color azul en las misas de la Virgen de Lourdes y de la Medalla Milagrosa, se reseña el privilegio:
ResponderEliminarA Sacrorum Rituum Congregatione expostulatum fuit, utrum Indultum Apostolicum, quod concedi solet pro Regno Hispaniae, ut sacra paramenta caerulei coloris adhiberi possint quoties celebratur Missa Immaculatae Deiparae Conceptionis, sive festiva sive votiva, comprehendat etiam Missas Apparitionis Beatae Mariae Virginis Immaculatae, vulgo de Lourdes, et Manifestationis Immaculatae Virginis Mariae a sacro Numismate vulgo della Medaglia Miracolosa? Et Sacra eadem Congregatio, ad relationem subscripti Secretarii, exquisito voto Commissionis liturgicae, rescribendum esse censuit: Negative. Atque ita rescripsit. Die 15 Februarii 1902.
D. Card. FERRATA, S.R.C. Praef.
(ASS 34, pag 553-554 http://www.vatican.va/archive/ass/documents/ASS-34-1901-2-ocr.pdf )
Continuo yo: Hasta donde yo sé, en la reforma del misal se eliminaron los formularios relativos a las misas votivas a la Inmaculada Concepción. Eso reduciría el uso del color azul a las misas de la Solemnidad de la Inmaculada Concepción y a las celebraciones solemnes de la Liturgia de las Horas de la misma Solemnidad, pero no incluye la novena a la Inmaculada. ¿Me equivoco?
También es privilegio de usarlo de la orden Franciscana en cualwuier parte del mundo donde exista una comunidad franciscana.
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